¿Puedo aplazar el pago de impuestos?

Sí. La Agencia Tributaria permite solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributarias cuando el contribuyente no puede hacer frente al pago en el plazo establecido. Es una opción más común de lo que se piensa.

¿Qué deudas se pueden aplazar?

  • Declaraciones trimestrales de IVA e IRPF
  • Impuesto de Sociedades
  • Declaración de la Renta con resultado a ingresar
  • Sanciones tributarias

No se pueden aplazar las retenciones e ingresos a cuenta ni el IVA en determinados casos (deudas superiores a 30.000 euros sin garantía).

Requisitos para el aplazamiento

  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales
  • Para deudas inferiores a 30.000 euros: no se exige garantía
  • Para deudas superiores a 30.000 euros: se exige garantía (aval bancario, hipoteca, etc.)

¿Cómo solicitarlo?

La solicitud se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En nuestra asesoría en Boadilla del Monte te ayudamos con todo el proceso para que consigas las mejores condiciones posibles.

Intereses del aplazamiento

Las deudas aplazadas devengan intereses de demora, actualmente en torno al 4,0625% anual. Es importante tenerlo en cuenta, pero en muchos casos es mejor aplazar que incurrir en recargos por presentación fuera de plazo.